¿Qué es Cocamide DIPA?

Diisopropanolamida de ácido graso de coco (tensioactivo espumante y espesante)

Con restricciones u observaciones documentadas

Cocamide DIPA es un tensioactivo no iónico que se obtiene de los ácidos grasos del aceite de coco y de la diisopropanolamina. Se usa en champús, jabones líquidos, baños de espuma y tintes capilares para dar espuma, cuerpo y viscosidad. En la Unión Europea está permitido, pero no de forma libre: como dialcanolamida de ácido graso queda cubierto por la entrada 60 del Anexo III del Reglamento 1223/2009, que limita la amina secundaria residual (0,5 % en el producto terminado y 5 % en la materia prima) y las nitrosaminas (50 µg/kg), prohíbe combinarlo con sistemas nitrosantes y obliga a usar envases sin nitritos. Aparte, la amina libre (diisopropanolamina) y las propias nitrosaminas están prohibidas por el Anexo II, entradas 411 y 410. No existe prohibición del ingrediente ni consenso científico de daño: el control regulatorio apunta a las impurezas del proceso, no a la sustancia en sí. Conviene no confundirlo con Cocamide DEA, un pariente cercano con señales de riesgo propias.

La restricción del Anexo III se aplica a toda la clase de dialquilamidas y dialcanolamidas de ácidos grasos, no a Cocamide DIPA por nombre propio. Cuidado al comparar con Cocamide DEA: aquel tiene señales de riesgo adicionales que no se pueden trasladar sin más a Cocamide DIPA.

Manos revisando con una lupa la etiqueta de un frasco cosmético sin marca en el baño

¿Cocamide DIPA es malo o tóxico?

"Malo" no es la palabra exacta: Cocamide DIPA (Diisopropanolamida de ácido graso de coco (tensioactivo espumante y espesante)) está permitido en cosméticos, pero con una condición documentada — por ejemplo un límite de concentración o una restricción de uso. El detalle y su fuente oficial están en esta página. No está prohibido y no equivale a tóxico; es un dato que conviene conocer, sobre todo si tu piel reacciona.

Preguntas frecuentes

¿Con qué otros nombres aparece Cocamide DIPA en la etiqueta?

En la lista de ingredientes (INCI) figura como Cocamide DIPA. También puede aparecer como: Cocamida DIPA, Diisopropanolamida de coco, Cocamida diisopropanolamina, Amidas de coco, N,N-bis(2-hidroxipropilo), Coconut fatty acid diisopropanolamide.

¿Qué dice exactamente la fuente oficial sobre Cocamide DIPA?

Comisión Europea: Reglamento (CE) n.º 1223/2009 sobre productos cosméticos. Anexo III (sustancias restringidas), entrada 60: «Dialquilamidas y dialcanolamidas de ácidos grasos». Contenido máximo de amina secundaria: 0,5 % en el producto terminado y 5 % en la materia prima; máximo 50 µg/kg de nitrosaminas; no usar con sistemas nitrosantes; conservar en envases libres de nitritos. Anexo II (prohibidas), entradas 410 (nitrosaminas) y 411 (alquilaminas y alcanolaminas secundarias y sus sales)..

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Fuentes

  1. Comisión Europea: Reglamento (CE) n.º 1223/2009 sobre productos cosméticos. Anexo III (sustancias restringidas), entrada 60: «Dialquilamidas y dialcanolamidas de ácidos grasos». Contenido máximo de amina secundaria: 0,5 % en el producto terminado y 5 % en la materia prima; máximo 50 µg/kg de nitrosaminas; no usar con sistemas nitrosantes; conservar en envases libres de nitritos. Anexo II (prohibidas), entradas 410 (nitrosaminas) y 411 (alquilaminas y alcanolaminas secundarias y sus sales).
  2. SCCS (Comité Científico de Seguridad de los Consumidores, UE): Dictamen SCCS/1458/11 «Opinion on Nitrosamines and Secondary Amines in Cosmetic Products», adoptado el 27 de marzo de 2012. Clasifica las dialcanolamidas de ácidos grasos entre los precursores de nitrosaminas, reproduce las condiciones de la entrada 60 del Anexo III (0,5 % en el producto terminado, 5 % en la materia prima) y señala que en cosméticos se han detectado sobre todo dos nitrosaminas: NDELA y NBHPA (N-nitroso-bis(2-hidroxipropil)amina).
  3. SCCNFP / Comisión Europea: «Opinion concerning Dialkyl- and Dialkanolamines and their salts in cosmetic products», 17.ª reunión plenaria del 12 de junio de 2001: recomienda ampliar la entrada 411 del Anexo II y las entradas 60 a 62 del Anexo III a las dialquil- y dialcanolaminas y sus sales, porque las sales se comportan como las bases libres frente a la formación de nitrosaminas. La amina libre correspondiente a este ingrediente (diisopropanolamina) es una alcanolamina secundaria y queda cubierta por esa prohibición.
  4. COSMILE Europe: Ficha del ingrediente COCAMIDE DIPA: funciones de tensioactivo limpiador, emulsionante y controlador de viscosidad; sustancia sujeta a restricción por su entrada en el Anexo III del Reglamento europeo de cosméticos.

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Última revisión: 26 de agosto de 2026